Como recuperar el 35% de Adelanto

Chalten

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Tal como sospechaba existen dos formas de recuperar el 20% de adelanto por compras en el exterior, reglamentado por la RG3450/2013 de la AFIP.

Una es a través de un reintegro de lo que pagamos de Impuesto a las Ganancias. Y el otro es para los que no pagamos Ganancias por medio de una transferencia a la cuenta bancaria que indiquemos.

Uno es más sencillo. El otro es un viajecito, pero vale la pena en el caso de una compra grande, bah! como es un adelanto corresponde que nos lo devuelvan en el caso en que realmente queríamos comprar algo, sea grande o chico.

No es hora de ponerme a describir cada uno, pero prometo: mañana, más lúcido, pero antes de olvidarme de como es hacer una detalle de cada una de las formas.


Ampliaremos...


Modificado el título a partir de los cambios actuales. Lo que no se modifica es el trámite.
 

Chalten

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Re: Como recuperar el 20% de Adelanto

Comencemos el viaje... :razz:


GENERALIDADES

Por Resolución General de la AFIP rg3450/2013 se recarga con el 20% las compras en el exterior realizadas con tarjeta de crédito/compra/débito, sean en U$S o en $. También esta previsto devolverlo por reintegro de lo que uno paga de Impuesto a las Ganancias o Bienes ó por transferencia bancaria a la cuanta que indiquemos, en caso de no corresponder que paguemos dicho impuesto (rg3420/2012)
Yo lo averigüé para el caso de un trabajador que no llega al mínimo no imponible y por lo tanto no le cobran ganancias, no se si es el mismo trámite para Monotributistas o Empleadores. En cada caso pueden averiguarlo en cualquier Agencia de la AFIP, o si se las arreglan para guapearle a las preguntas frecuentes dentro de la página web de la AFIP.

Para entrar al sitio de la AFIP

Para leer la rg3450/2013 AFIP

Para leer la rg3420/2012 AFIP


Veremos primero como habilitar y configurar nuestras utilidades en la página de la AFIP:

1.1) Tenemos que tramitar la CLAVE FISCAL:

PDF donde podemos visualizar como se tramita la CLAVE FISCAL

Yo me fui directamente a la Agencia de la AFIP que me correspondía e hice el trámite directamente y me dieron Nivel 3, es rápido y no duele, lleven DNI y Fotocopia.

Con la CLAVE FISCAL ingresamos a http://www.afip.gov.ar/home/index.html


Fig 1

ATENCIÓN: CONFIGURAR EL NAVEGADOR PARA QUE PERMITA LOS POP UP's O ACEPTEN QUE LOS PERMITA EN LA PÁG DE AFIP. Si no saben como, pregunten...a otro...No (chiste). Acá abajito nomás.

Haciendo click en el acceso nos lleva al menú principal de todo lo que vamos a poder hacer. Son todos "Aplicativos" que sirven para distintas cosas. Hay algunos que debemos habilitar para poder realizar este trámite, y otros que sirven para otros trámites. Revisen en el paso que más adelante describiré para ver cual les pueden servir.


Fig 2

Click en 1 y veremos:

(Ampliar imagen)

Fig 3

Click en ADHERIR SERVICIOS y nos deja en:


Fig 4
Click en AFIPnos lleva a:


Fig 5

Click en SERVICIOS INTERACTIVOS trae:


Fig 6

Iremos seleccionando las Aplicaciones que necesitamos:

  • SIRADIG.


  • [*]DECLARACIÓN DE CBU PARA COBROS DE ORÍGEN TRIBUTARIO, ADUANERO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL. OPCIÓN ALTA/MODIFICACIONES/CONSULTA.


    [*]MIS APLICACIONES WEB.


    [*]MIS RETENCIONES.


    [*]Todas las que crean que les pueden servir


Para ejemplo basta un botón. Habilitaremos el Aplicativo "Consulta de Devoluciones de IVA"


Puede pasar que no esté algún dato, como en esta imagen, alcanza con hacer click en "Buscar" y completarlo.


Click en "CONFIRMAR" y nos muestra:


Esto nos informa todos los datos de la asignación.

Podemos confirmar en el menú principal que se hayan asignado todos los Apliactivos (Fig2)



Puede pasar que en el proceso les diga que se perdió la conección, lo que sucede es que se vence el tiempo de sesión y alcanza con volver a ingresar con la CLAVE FISCAL.

Estamos ahora en condiciones de entrar de lleno en los trámites.


Nota: PARA LOS QUE NO PAGUEN GANANCIAS VAYAN DIRECTAMENTE AL PUNTO 3). Salvo que sean curiosos y quieran conocer este trámite también :wink:


2) TRÁMITE DEL REINTEGRO PARA LOS QUE PAGAN GANANCIAS, O TIENEN SALDO SI DEJARON DE PAGAR EN SEPTIEMBRE CON EL AUMENTO DEL MÍNIMO NO IMPONIBLE.

El objetivo general de esta variante es lograr confeccionar el formulario F.572WEB.

Para empezar vamos al Menú Principal (Fig2) y accedemos al Aplicativo:

2.1) MIS RETENCIONES


fIg. 7

2.1.1) Averiguar el Nº de CUIT del Banco emisor de la tarjeta con la que hayamos realizado la compra y colocarlo como "CUIT agente de ret/perc" 2

2.1.2) En "Impuesto Retenido" escribir 217, o seleccionar con el desplegable "217 - SICORE-IMP A LAS GANACIAS" 3

2.1.3) Marcar " Retención y/o Percepción" 4

2.1.4) Seleccionar las fechas Desde: 01012013 hasta cuando quieran (debe coincidir con el período fiscal para el que quieran pedir el reintegro, que a su vez dependerá de cuando les facturaron la compra y el 20% en el resumen de cuenta. 5
Nota: Tener en cuenta que este formulario se puede presentar hasta el 31 de Enero del período siguiente al de la compra, Ej: para una compra este año (2013) se puede presentar hasta el 31/01/2014. Después...alpiste.

2.1.5) Hacer click en "Aceptar" 6

Y el resultado es algo parecido a esto:

Fig 8
Los datos remarcados son los que vamos a necesitar luego.
Vean que pueden guardarlo como texto, como Hoja de Cálculo, o imprimirlo. O simplemente dejarlo abierto, ya que como es un Pop Up estará en otra ventana y quedará en la barra de tareas.

Con estos datos vamos la etapa final de generar el formulario:

2.2) GENERACIÓN DEL FORMULARIO F.572WEB

Para esto volvemos al Menú Principal (Fig 2) y hacemos click en el Aplcativo SIRADIG TRABAJADOR, que nos da ingreso a:


Fig. 9

Click en el nombre habilita:


Fig. 10

Click en "Crear Nuevo Borrador" da entrada a:


Fig. 11

Click en "CARGA DE FORMULARIO" (puede pasar que esté en gris y no lo podamos seleccionar, eso puede suceder porque falte algún dato En "Datos Personales" o en "Empleadores". Generalmente nos avisan con algún cartelito, si no entren en esos dos y verifiquen.)
Si podemos seleccionarlo nos aparecerá:


Fig. 12

Aquí nos habilitan para elegir que es lo que queremos informar al Empleador (Agente de Retención Principal - o sea quien nos retiene el Impuesto a las Ganancias).
en nuestro caso es lo marcado con 1

(Observen lo marcado con 2, todo lo que estamos haciendo es un borrador que deberemos confirmar más adelante enviándolo al Empleador. Si no lo confirmamos no llegará nada y por lo tanto no nos devolverán nada. 3 cuando finalicemos la carga de datos lo usaremos para ver que todo esté correcto).

Haciendo click en 1 entonces agrega:

Fig. 13

Haciendo click en 2 vemos:

Fig. 14

Haciendo Click en 3 Hace aparecer:

Fig. 15

Donde elegimos lo recuadrado a, que después de tanta vuelta nos lleva a:


Fig. 16

Donde por fin nos piden:

- Datos de la tarjeta con la que hicimos la compra
- Agente de Percepción = Banco emisor de la tarjeta. Cuando ponemos el CUIT del Banco y hacemos click en el recuadro sombreado en "Razón Social", automáticamente debe aparecer el Nombre del Banco (yo lo saqué de San Google), si no aparece el correcto es que no está bien el Nº de CUIT.
- Percepciones. (Vean lo que dicen en la Fig. 16 referente al Monto Total

Hacemos click en lo recuadrado en la Fig. 16, y nos hace aparecer:


Fig. 17

Donde cargamos los datos que nos informaron en la consulta como la que se ve en la Fig. 8 = Mes y Monto, y le damos a "Agregar"


Fig: 18

Si tenemos que agregar otro mes le damos a 1 y volvemos a cargar, si no le damos a 2

Esto nos lleva a otra pantalla donde haremos una vista previa, que podemos guardar como PDF, y si estamos conformes le damos al Botón "Enviar al Empleador" (o algo así - no se los puedo mostrar porque yo ya lo mandé y no me deja volver a generarlo.)

Si son de los que tienen que pagar Ganancias acá terminó el trámite (o eso espero :nose )

3 ) Si son de los que se vinieron directamente hasta acá, empezaremos ahora con el viajecito de lograr que nos devuelvan la platita o platota :fiesta

DEVOLUCIÓN PARA LOS QUE NO PAGAN GANANCIAS

Reitero que lean bien la rg3420/2012 AFIP para ver si están comprendidos en este método. Recuerden que no soy Contador ni Gestor, solo averigüé el trámite para los que dejamos de pagar ganancias a partir del aumento del mínimo no imponible.


3.1) Pasos previos para iniciar el trámite:


Con carácter previo a efectuar la solicitud de devolución, los sujetos deberán:

a) Contar con CUIT.
Para conocer cómo obtener el número de CUIT: ID 6349806

b) Tener registrados y aceptados sus datos biométricos (foto, firma y huella dactilar), según lo dispuesto en la RG 2811.
Para conocer cómo registrar sus datos biométricos: ID 12902723

c) Contar con "Clave Fiscal", obtenida de acuerdo con lo establecido en la RG 2239.
Para conocer cómo obtener la clave fiscal:ID 2307513

d) Informar a esta Administración Federal la Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) de la cuenta bancaria, de acuerdo con lo previsto en la RG 2675.
Para conocer los pasos a seguir para registrar su CBU: ID 1260003

Fuente: Art. 2 RG 3420/12
ID 16502377



Una vez que tengamos todo esto (aprovechen a hacer todo junto en la Agencia de AFIP que les corresponda, y lo hacen en un solo viaje) lo que resta es completar el formulario 746A .

Vamos a ello:

3.2) Vamos a usar el Aplicativo "Mis Aplicaciones Web", que ya saben que está en el Menú Principal que se ve en Fig. 2 ¿POR QUÉ ME LO HACEN DECIR OTRA VEZ? ¿EH? :D


Fig. 19

Seleccionamos "Nuevo Formulario" que da como resultado:


Fig. 20

3.2.1) "Tipo de Formulario" queda como está.
3.2.2) "Formulario": Elegimos con el desplegable = F.746A... (la versión la pone solo) 1
3.2.3) "Período Fiscal": Año y Mes (en números y sin separación). Que es el que nos informan en la consulta que hicimos, punto 2.1) (Fig. 8)
3.2.4) Click en "Aceptar" 3


3.3) Puede pasarles como a mi, tener saldo todavía de lo que me cobraron de Ganancias en el período y salir una respuesta como:

(Ampliar imagen)

Fig. 21

Antes de que le peguen un cabezazo al monitor les cuento que esto se soluciona usando el método detallad en el punto 2), desde 2.2). Cuando agotemos el crédito, y seguro que lo vamos a agotar :cry: volveremos a usar este método, de modo que no habrá sido al gas hacer todo el trámite.

HASTA ACÁ LLEGUÉ
 

TheTinch

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Re: Como recuperar el 20% de Adelanto

Sigo escuchando! la verdad que ya me habia acostumbrado a pagar y que te jodan! little bastards..
 

kukypop

Hola recién llegué
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Re: Como recuperar el 20% de Adelanto

chalten vos decis que informando una cta bcaria, te devuelven el 20 % de lo que gastaste en usd??

no entendi bien
 

fcastro11

Habitués
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Re: Como recuperar el 20% de Adelanto

Nah en dolares nada, en pesos... y supongo que tenes que justificar lo que pagaste con los resumenes de cuenta del banco.
 

Chalten

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Re: Como recuperar el 20% de Adelanto

Un poco de paciencia, se me complicó la tarde (desde el celu)
 

TheTinch

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Re: Como recuperar el 20% de Adelanto

:cafe :confused:hock:
 

Chalten

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Re: Como recuperar el 20% de Adelanto

Me metí en un baile... Estoy redactando :p
 

Chalten

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Re: Como recuperar el 20% de Adelanto

Sigo redactando, voy por 2 pág de cuaderno... agarresén :smile:
 

Chalten

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Re: Como recuperar el 20% de Adelanto

Bueno, lo teminé. :razz:

Re: Como recuperar el 20% de Adelanto


Verán porque me costó armarlo :wink:



Cualquier agregado o corrección que corresponda hacer, por experiencia propia, o por conocimientos que yo no tengo en el tema impositivo. Me avisan y lo corregimos.

La idea es que esto quede bien para que podamos disfrutar de reinvertir el 20% en más compras. ¿O alguno me va a contar que lo va a usar para comprar comida? Total, ya estaba pagado y gastado...¡No ta mah!



Abrazos !!!!
 

TheTinch

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Re: Como recuperar el 20% de Adelanto

Faaaa si que era complicado el tema, y los monotributistas no podemos¿¿¿???
Igualmente muchas gracias por la explicacion, seguro a alguien le va a servir, saludos!
 

Chalten

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Re: Como recuperar el 20% de Adelanto

Yo creo que si debe servir, solo averiguá con qué formulario tenés que hacer como monotributista. Es consultalo en la Agencia de la AFIP, no muerden (si no los mordés) :smile:
 

Mzungu

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Re: Como recuperar el 20% de Adelanto

Sos groso Hugo! Gracias por la explicación, les va a venir bien a todos en el foro
Saludos
 

sercer

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Re: Como recuperar el 20% de Adelanto

Hugo sabes las devoluciones cuando vencen ? creo que compre por JULIO ! servira ?
Salutes
 

Chalten

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Re: Como recuperar el 20% de Adelanto

Según me dijeron podés presentar todo el año fiscal 2013, hasta el 31 de Enero del 2014.

Sí, las compras en Julio entran. podés presentar todo de una antes del 31/01/14, o hacer presentaciones parciales que se van acumulando. La liquidación del período 2013 es en Marzo del 2014, o sea te lo van a devolver en esas fechas.
 

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