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Buen, tarde, yo también.
Como mencionó Andrés, AL MENOS HASTA EL AÑO PASADO siempre que uno esté EN LA VIA PÚBLICA tiene libertad de tomar fotografías AUNQUE ESTEMOS EN LA VEREDA DE LA EMBAJADA DE USA (esto es a riesgo propio, como le pasó a alguien por acá). Eso sí, con esas fotos no podemos hacer NADA salvo que tengamos consentimiento de la persona... nada de nada, ni mandarla a un concurso.
Si estamos en un lugar PRIVADO-Semi público (léase boliche, estadio, bar, salón, etc, etc) necesitamos el consentimiento del dueño que nos autorice a realizar las tomas. En ese caso solamente podemos realizar tomas de las personas que SE EXPONEN, entiéndase, por ejemplo en un recital, a los que están arriba del escenario. Para realizarle fotos al público en gral necesitamos su consentimiento o, lo que se hace enternder como igual, informarle al público que serán registrados. Por eso las entradas de los recitales en la letra chica aclaran que serán registrados... si no querés, no asistas.
No encontré lo ue buscaba exactamente pero el problema, preocupante desde mi óptica de fotógrafo, es que en el nuevo código civil (desconozco si esto finalmente quedó así y fue aprobado, no lo encontré) pasa a considerarse el derecho de la imagen propia igual a todos los demás derechos y "posible de ser agredido. Según esto, como todos y cada uno somos dueños absolutos de nuestra imagen y esta puede ser dañada (presuntamente), cada persona debería dar su consentimiento para poder realizarle una toma, sin importar en dónde esté... se imaginan a un reportero gráfico en una manifestación preguntándole a cada asistente si lo deja fotografiarlo???
Dejo acá una nota donde explica más claro, aunque dice que ya está aprobado, pero no, para esa altura no estaba aprobado, al menos hasta marzo de este año pude verificar que no.
http://tiempo.infonews.com/2012/07/22/s ... imagen.php
Como mencionó Andrés, AL MENOS HASTA EL AÑO PASADO siempre que uno esté EN LA VIA PÚBLICA tiene libertad de tomar fotografías AUNQUE ESTEMOS EN LA VEREDA DE LA EMBAJADA DE USA (esto es a riesgo propio, como le pasó a alguien por acá). Eso sí, con esas fotos no podemos hacer NADA salvo que tengamos consentimiento de la persona... nada de nada, ni mandarla a un concurso.
Si estamos en un lugar PRIVADO-Semi público (léase boliche, estadio, bar, salón, etc, etc) necesitamos el consentimiento del dueño que nos autorice a realizar las tomas. En ese caso solamente podemos realizar tomas de las personas que SE EXPONEN, entiéndase, por ejemplo en un recital, a los que están arriba del escenario. Para realizarle fotos al público en gral necesitamos su consentimiento o, lo que se hace enternder como igual, informarle al público que serán registrados. Por eso las entradas de los recitales en la letra chica aclaran que serán registrados... si no querés, no asistas.
No encontré lo ue buscaba exactamente pero el problema, preocupante desde mi óptica de fotógrafo, es que en el nuevo código civil (desconozco si esto finalmente quedó así y fue aprobado, no lo encontré) pasa a considerarse el derecho de la imagen propia igual a todos los demás derechos y "posible de ser agredido. Según esto, como todos y cada uno somos dueños absolutos de nuestra imagen y esta puede ser dañada (presuntamente), cada persona debería dar su consentimiento para poder realizarle una toma, sin importar en dónde esté... se imaginan a un reportero gráfico en una manifestación preguntándole a cada asistente si lo deja fotografiarlo???
Dejo acá una nota donde explica más claro, aunque dice que ya está aprobado, pero no, para esa altura no estaba aprobado, al menos hasta marzo de este año pude verificar que no.
http://tiempo.infonews.com/2012/07/22/s ... imagen.php