Cómo comprar en Ebay

Chalten

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Vremos entonces cuando tenga que pagar otras compras :razz:
 

Fede Moffo

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Lo que podes hacer, es hacerte un Paypal y hacer varias pagos pequeños.
 

Chalten

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En eso pensaba, gracias :wink:
 

Mzungu

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Bien fede! Espero ver lo que hace ese Helios pronto!
 

Mzungu

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35%.... gracias 54% :)
 

Mzungu

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y sí, si podes comprar en pesos en cuotas ni lo dudes, en 3-4 meses las cuotas son chirolas con la inflación.
 

ignaciol

Habitués
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Alguna idea si se puede seguir comprando por eBay con esto del aumento al 35% y otra cosa que escuché hoy sobre una nueva resolución que salió hoy y que impide retirar de aduana a aquel que no sea importador?
Es decir, si alguien compra algo y queda retenido en aduana... No se puede retirar más.

Es increíble... No se en que vamos a terminar.

Me dirán que puede no quedar en aduana... Pero como viene la mano y en el país que vivimos estoy seguro que de ahora en más todo va a quedar en aduana.
 

MarFab

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Mirá, por un lado -y esto necesito decirlo- no entiendo como es que nosotros como pueblo permitimos que esta gente haga TODO lo que hace. Deberíamos estar YA MISMO en la Plaza pidiendo la RENUNCIA XXXXXXXXXXXX, todos corruptos y delincuentes. Saqueos, cepo, inflación por las nubes, AFIP y su %35, ahora esto de la aduana... QUE MÁS HACE FALTA PARA QUE DESPERTEMOS?

Por otro lado, volviendo a tu pregunta: personalmente no creo que se implemente. Sabés cuántos pedidos deben ingresar por día? cientos. Y en un mes? quizás varios miles. No creo que revisen TODOS. Para mí, revisarán los bultos pesados, grandes y aparatosos. Los que son pequeños y livianos, pasan de una.


Chalten escribió:

Editado por Norma: 3.4. No hay lugar en esta web para el racismo, xenofobia, radicalismos ni cualquier actitud discriminatoria, fanática o intolerante, todos los usuarios que se les avise alguna vez y hagan caso omiso quedarán expulsados de la comunidad de forma automática y sin previo aviso. Se puede tener una opinión, lo que no habilita para epítetos.
 
 

Mzungu

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Bueno en realidad es una ley que ya estaba pero porque es muy dificil de implementar no lo hacian y solo revisaban al azar. No es muy dificil pasar paquetes por un scanner asique no dudo que lo harán. Mas cuando se llevan cometas por dejar pasar cosas.
con respecto al 35%, creo que una buena opción es abrir una cuenta en Uruguay poner plata ahi y usas la tarjeta de esa cuenta.
En mi caso mi unico problema con las trabas es que recuperé hace un tiempo un casco de un soldado argentino de malvinas que estaba en poder de un ingles que se lo trajo de souvenir y no lo puedo repatriar por correo asique me lo traigo cuando viaje de vuelta al sur.
:)
 

flpenalba

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No he llegado a leer esta "nueva" reglamentación, pero seguramente pretenden de alguna forma "frenar" las compras al exterior dado que "ellos" (el gobierno) debe sacar de sus (o nuestros?) fondos (lease reservas) los billetitos (u$s) para pagar nuestras compras (que pagamos en $ a un cambio irreal respecto del mercado real) sabiendo (nosotros) que por reglas del "libre comercio electronico" se nos permite comprar mercaderia de origen externo sin pagar un solo peso de impuesto o gravamen por la transaccion si llega directamente a nuestra casa sin pasar por Aduana.
Realizamos estas compras porque el precio al cual adquirimos el bien es inferior al que existe en el mercado interno que , supuestamente, fue traido por algun "importador" pagando los canones respectivos establecidos por las reglas de libre comercio entre paises y con un margen de ganancia como rentabilidad para el mismo.
Soy plenamente consciente que cada una de las cosas que he comprado en ebay (y que no ha retenido aduana para que tenga que ir a buscarlas y pagar el 50% de impuesto) estan en mi poder sin haber oblado los impuestos respectivos que hubieran correspondido.
Moralmente no puedo enjuiciar a quienes moralmente (y administrativamente) cometen tropelias millonarias a diferencia de las mias que son moneditas al lado de esas.
Todo esto es parte del mismo sistema que habitualmente cuestionamos. Pero somos parte del mismo, vivimos y "transaccionamos" en él.
Dificilmente podamos tener un gobierno muy distinto a lo que somos.

Saludos.
 

CosaGaucha

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flpenalba dijo:
No he llegado a leer esta "nueva" reglamentación, pero seguramente pretenden de alguna forma "frenar" las compras al exterior dado que "ellos" (el gobierno) debe sacar de sus (o nuestros?) fondos (lease reservas) los billetitos (u$s) para pagar nuestras compras (que pagamos en $ a un cambio irreal respecto del mercado real) sabiendo (nosotros) que por reglas del "libre comercio electronico" se nos permite comprar mercaderia de origen externo sin pagar un solo peso de impuesto o gravamen por la transaccion si llega directamente a nuestra casa sin pasar por Aduana.
Realizamos estas compras porque el precio al cual adquirimos el bien es inferior al que existe en el mercado interno que , supuestamente, fue traido por algun "importador" pagando los canones respectivos establecidos por las reglas de libre comercio entre paises y con un margen de ganancia como rentabilidad para el mismo.
Soy plenamente consciente que cada una de las cosas que he comprado en ebay (y que no ha retenido aduana para que tenga que ir a buscarlas y pagar el 50% de impuesto) estan en mi poder sin haber oblado los impuestos respectivos que hubieran correspondido.
Moralmente no puedo enjuiciar a quienes moralmente (y administrativamente) cometen tropelias millonarias a diferencia de las mias que son moneditas al lado de esas.
Todo esto es parte del mismo sistema que habitualmente cuestionamos. Pero somos parte del mismo, vivimos y "transaccionamos" en él.
Dificilmente podamos tener un gobierno muy distinto a lo que somos.

Saludos.

100% de acuerdo.

Saludos
JP.
 

Chalten

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Cada cual con su pensamiento y sus experiencias, mientras se mantenga dentro de las normas, cada uno opina lo que quiera pero por favor mantengamos los debates dentro de los límites razonables. Mientras menos tengamos que intervenir será mucho mejor.

Gracias
 

hosso

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tengo entendido que si lo mandan por correo (envio gratis) ¨digamos¨ que no pasa por aduana, dependiendo del tamaño/peso y lo que se manda por privado si pasa por aduana, OJO dije creo !!!
 

matalcacer

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matalcacer escribió:

3.3. No se permitirán discusiones (peleas, insultos, amenazas, sarcasmos, etc.) en ninguno de los foros. (...) Los temas políticos y religiosos pueden crear este tipo de situaciones por lo que no están permitidos en CA.
 

Opinion PERSONAL: No estoy de acuerdo con MUCHAS cosas de este gobierno pero, como es un pensamiento personal, me lo reservo para mi y acá en CA solo hablo de lo relacionado con la fotografía.

Por otra parte les recuerdo, por las dudas, que la reglamentacion vigente ( Art. 80 Dto 1001/82. Instrucción general nº 0022/98 ) especifica: "ART. 80º- A los fines de lo previsto en el artículo 557 del Código Aduanero: 1. Cuando se trate de importación de envíos postales, al momento de presentarse el destinatario, su representante autorizado o despachante designado para efectuar el trámite de retiro del envío, al agente aduanero deberá: a) acreditar la identidad del destinatario o la de su representante autorizado, y si se tratare de un despachante deberá exhibir el Poder respectivo; b) abrir el envío en presencia del interesado y verificar y determinar al régimen legal que a la mercadería correspondiente; c) despachar con exención de los tributos que gravaren la importación para consumo en el régimen general, con excepción de las tasas retributivas de servicios, siempre que su valor no supere el equivalente de Veinticinco (25) dólares estadounidense, por persona y por una sola vez en el año calendario. Si el envío sobrepare el valor establecido precedentemente, se procederá a la liquidación de los tributos correspondientes por el exceso de ese valor, confeccionándose la documentación pertinente; d) requerir autorización previa por escrito del titular de la Sección de Encomiendas Postales Internacionales o, en las Aduanas del interior del país, la del Administrador, cuando el envío excediese un valor equivalente a Cien (100) dólares estadounidense y hasta un valor de Doscientos (200) de igual moneda dólares estadounidense, como máximo. Para los envíos superiores al equivalente de Doscientos (200) dólares estadounidense deberá seguirse el procedimiento que a tal efecto estableciere la Administración Nacional de Aduanas; e) proceder a su devolución a la oficina de correos, dejando constancia de ello hasta tanto se concretare su posterior tramitación. En este supuesto deberá optarse por formalizar el correspondiente despacho de importación para consumo con sujeción al régimen general o su devolución definitiva al Correo, cuando el envío llegare destinado como de carácter particular y sin fines comerciales y de su verificación resultare su carácter comercial o industrial; f) requerir la presentación del correspondiente recetario médico, intervenido por la autoridad sanitaria nacional, cuando se tratare de especialidades medicinales que fueren destinadas para uso exclusivo del destinatario. Cuando no existiere en el lugar dicha autoridad, deberá intervenir la autoridad provincial o municipal, según fuere el caso; g) proceder con arreglo a lo dispuesto en el Manual de Alimentos, cuando el envío contuviere vegetales; h) exigir que el envío arribe a la jurisdicción aduanera con el certificado de desinfección emitido en el país de procedencia cuando se tratare de ropa usada. A falta de dicho certificado se solicitará la intervención de la autoridad sanitaria para su desinfección, a cargo del interesado; i) proceder con le personal del Correo a labrar un acta, a los fines de deslindar las responsabilidades del caso cuando el envío fuere reembalado como consecuencia de pérdidas o roturas y el destinatario reclamare en el momento de la verificación acerca de su contenido; j) proceder a su devolución al Correo al finalizar cada labor diaria, bajo constancia, cuando el envío no fuere retirado por el interesado. 2. Cuando se trate de exportación de envíos postales destinados a ayuda familiar u obsequio personal, constituidos, entre otros, por ropa usada o productos promocionales, con o sin uso, de origen nacional, el envío será abierto, verificado y cerrado en presencia del servicio aduanero. Estos envíos sólo podrán efectuarse por mes y por persona, siempre que el valor de cada envío no excediere el equivalente de Diez Mil (10.000) dólares estadounidenses, no siendo necesario negociar las divisas, pudiendo no obstante el Banco Central de la República Argentina modificar dicho importe, y debiendo el servicio aduanero proceder a: a) verificar la existencia del correspondiente certificado de desinfección expedido por la autoridad sanitaria correspondiente, cuando se trate de ropa usada; b) controlar que haya tomado intervención la autoridad competente para fiscalizar la salud pública en el orden nacional, cuando se tratare de especialidades medicinales; c) exigir que se realicen en envases denominadas bolsines cuyo material transparente permita observar su interior sin necesidad de abrir el envío y, eventualmente, en paquetes cerrados, cuando se tratare de correspondencia agrupada mediante documentación comercial o papeles de negocio, excluidos los que presupongan fines comerciales, mediante el servicio puerta a puerta. La Administración Nacional de Aduanas deberá coordinar el procedimiento de control de los usuarios inscriptos en este sistema. 3. La Administración Nacional de Aduanas dictara las normas complementarias relativas a los efectos especiales exigidos por este artículo, pudiendo establecer así mismo el cumplimiento de otros que pudieren ser fiscal necesarios para el control en interés de la renta.

En definitiva, si están ahora controlando que cada persona no supere los USD 25.00 anuales, no creo que podamos quejarnos mucho ya que es una reglamentación que esta vigente hace varios años. Que no se controlaba y que no se ponía en practica, es sierto pero ahora............

Saludos:
Matias.
 

ignaciol

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Gente, no es mi intención romper las normas del foro y estoy de acuerdo en no hacer política por acá. Totalmente de acuerdo con Matías.

Yo nunca compre por eBay pensando en zafar de impuestos ni nada de eso. Sino en muchas ocasiones conseguir cosas que acá simplemente no hay, o si las hay se consiguen al triple de precio vendidas por gente que no las importó oficialmente ni ofrece garantía alguna. Digamos que son oportunistas que compran por eBay y lo venden por su cuenta. Para eso lo traigo yo.

Ahora con todo esto no se si puedo comprar algunas cosas que tengo pendientes. No superan los 25 dólares como unos anillos adaptadores y un filtro de densidad neutra genérico. Quería saber que hacer.

Después también necesito un flash yongnuo pero eso si que no creo que pase la aduana ahora. O si?

Abrazo
 

Chalten

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Si que vas a poder Ignacio. Estas medidas son más que nada para esos mismos que vos mencionás, que hecha la ley, hecha la trampa. Se de tipos de estos que antes hacían UNA compra de 20 productos para vender, y ahora estaban haciendo VEINTE operaciones de UN producto c/u y recibiéndolas como si fuese cualquiera de nosotros en su domicilio, sin pasar por aduana y por supuesto sin pagar impuestos de importación.

Lamentablemente es una fuente sin poder confirmarla, que me comentó que mayormente estos controles serán para quienes hayan hecho más de 2 compras en el año de más de los U$S 25 de fraquicia.

Pero de última uno cuando compra algo afuera es, como vos decís, porque acá no hay o el que las trae las cobra 3 veces más caras. Entonces uno lo que debe calcular es que te salga más barato aún pagando la importación que corresponda.

Para ejemplo: Un botón.

El Flash Yongnuo 565EX que compré. lo pagé U$S 104, a $6 por dolar = $624, pagando al importación que corresponde (50% de lo que exceda de U$S 25) me sale $663. Sin contar el 35% porque que se recupera.

Si el querés sumar el 35%: Tenés $ 842,40 + importación = $ 881

Mirá cuanto lo cobran acá en ML:

http://articulo.mercadolibre.com.ar/MLA ... abasto-_JM

$1999 :-|

Entonces, lo peor que puede pasar es que tenga que ir a Ezeiza a retirarlo, cosa que no va a pasar. A lo sumo a Cdro Py y Antártida Argentina (Correo Argentino) y pagar la importación.

Claro que sería mucho mejor poder pagarlo solo $624, pero... yo creo que los impuestos hay que pagarlos y después reclamar que se haga con ellos lo que corresponde. No pagar los impuestos no es viable para ningún país de los que llaman serios.
 

ignaciol

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Claro Hugo, eso es lo que me temía. Me pasó hace un par de meses ir a ver una mochila fotográfica a un vendedor que la tenía publicada por mercado libre. Cuando llegué al local me atiende un chino, y cuando observo un poco veo que tenía, no te miento, como 50 flashes yongnuo expuestos. Te imaginás que el tipo importador no era. Seguro los traía por eBay.

Como siempre pasa, por esa gente terminamos pagando todos.

Es que la duda real que tengo es qué sucede si el artículo queda en la aduana. Por lo que escuché no lo podés retirar, ni pagando los impuestos. Sólo puede retirarlos un importador.

Distinto es jugartela y de última lo retirás pagando el impuesto, a directamente perder la compra.

Y otra cosa más. Vos decís que los tipos saben las veces que compraste excediendote los 25 dólares? Guardan ese registro?

Un abrazo
 

Chalten

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ignaciol dijo:
(...)
Y otra cosa más. Vos decís que los tipos saben las veces que compraste excediendote los 25 dólares? Guardan ese registro?

Un abrazo

A eso deberían dedicarse :pensando

No te olvides que la Aduana depende de la AFIP, y tienen los datos de las veces que compraste afuera y cuanto te cobraron de adelanto del 20% (ahora 35%)

Para recuperarlo vos tenés que presentar el formulario donde decís en que mes y cuanto te cobraron.

Círculo cerrado :razz:
 

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